La cobertura está sujeta a las condiciones dispuestas en el decreto 1533 de 2019 resolución 1860 de 2019 y decreto 490 de 2023 y circulares reglamentarias así como a la disponibilidad de los recursos en FONVIVIENDA al momento del desembolso.
- No ser propietario de vivienda.
- No haber sido beneficiario de cobertura condicionada.
- Tener Crédito Hipotecario aprobado para compra de vivienda nueva ubicada en zona urbana, de acuerdo a los siguientes topes:
- VIP: hasta 90 SMMLV. ($117.000.000)
- VIS: mayor de 90 SMMLV y hasta 135 SMMLV (117.000.000) y hasta 135SMMLV ($175.500.000) ó 150 SMMLV ($195.000.000) de acuerdo a la ley.
- NO VIS: mayor a 135 o 150 SMMLV(175.500.0000 o $195.000.001) y hasta 500 SMMLV ($650.000.000).
¿Qué condiciones debe cumplir la vivienda?
- Debe ser nueva ubicada en zona urbana o rural
- Debe ser tipo VIP o VIS
La asignación de este y demás beneficios está sujeta a disponibilidad de cupos al momento del desembolso.
El beneficio aplica únicamente a desembolsos nuevos.
- No puede aplicar este beneficio a una vivienda usada.
- El beneficio se entregará una única vez.