Todos los días del año, Comfandi tiene una promoción especial en su Tienda Virtual: un 20% de subsidio en medicamentos, dermocosméticos, suplementos nutricionales y fórmulas infantiles etapa 3.
Para tener el beneficio, debes ser un trabajador afiliado a Comfandi en categoría A o B y tener al menos el primer aporte por parte de tu empleador. Además, necesitas tener descargada la App Mi Comfandi y contar con tu identidad digital activa.
La promoción aplica exclusivamente a medicamentos, dermocosméticos, suplementos nutricionales y fórmulas infantiles etapa 3. Puedes aprovechar este descuento pagando con cualquiera de los medios de pago autorizados por Comfandi.
Para disfrutar de este beneficio debes realizar tus compras exclusivamente en línea a través de www.comfandivirtual.com.co
Términos y Condiciones 2025
Términos y Condiciones
Beneficio del 20% de subsidio en medicamentos para trabajadores afiliados categoría A y B comprando únicamente en www.comfandivirtual.com.co
Fecha del programa social: Aplica para los días del 1 al 4, del 8 al 10, del 14 al 18, del 22 al 24, y del 29 al 30 de noviembre de 2025 y 1, del 4 al 9, el 11, del 13 al 15, del 18 al 23, el 25 y del 27 al 29 de diciembre de 2025.
Horario: La compra se puede realizar las 24 horas del día, los 7 días de la semana por la página web, sin embargo, la entrega del pedido se hará únicamente en los horarios comprendidos entre 8:00am 10:00pm., del mismo día o del día siguiente.
Puntos de venta que participan: Aplica para compras efectuadas únicamente a través de https://comfandivirtual.com.co
Productos participantes en el programa social: Aplica por compras las categorías disponibles en Droguerías: Medicamentos, Suplementos nutricionales, Dermocosméticos, Fórmulas infantiles etapa 3, Alimentos, Productos del cuidado personal y aseo del hogar (en los puntos de venta que manejan este portafolio).
No aplica para: Fórmulas infantiles etapa 1 y 2, licores, cigarrillos, concesionarios, recargas de celular y tarjetas bono amigo.
Medios de pago: Aplican todos los medios de pago autorizados por Comfandi.
Grupo objetivo: Los(as) trabajadores(as) afiliados(as) a la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca Comfamiliar Andi – Comfandi en categoría A y B. Afiliados pensionados que aporten el 2% sobre su mesada pensional y cuya remuneración mensual no supere los 4 SMMLV. Afiliados independientes que aporten el 2% sobre sus ingresos, con base de cotización igual a la utilizada en el sistema de salud y pensiones, y cuya remuneración mensual no exceda los 4 SMMLV.
NO APLICA para afiliados independientes, por fidelidad, afiliados facultativos mediante convenios con cajas aliada y FFMM, afiliados categoría C, pensionados con modalidad de aportes del 0% y 0.6% en su afiliación, ni afiliados independientes y pensionados que realicen aportes del 2% y que no estén al día en el pago de los mismos.
Requisitos:
Los (las) clientes que deseen disfrutar del beneficio del “20% de subsidio comprando únicamente en https://comfandivirtual.com.co, deberán cumplir con la totalidad de los siguientes requisitos:
• Ser Trabajador(a) Afiliado(a) a la Caja de Compensación del Valle del Cauca – Comfandi categoría A o B.
• Tener como mínimo el primer aporte por parte de su empleador(a).
• El afiliado debe tener descargada la App Mi Comfandi y debe contar con la identidad digital. Para más información ver: Link: cmfd.me/XWzCJAAA.
• Encontrarse al día en aportes a la Caja de Compensación.
Al momento de realizar el proceso de compra se validará el cumplimiento de la totalidad de los requisitos para acceder al subsidio, de cumplirse con todos y haber recursos suficientes el mismo será otorgado. El subsidio se asignará conforme a los recursos disponibles aprobados por la Caja, la normatividad vigente y las disposiciones de los entes de control. El cumplimiento de los requisitos no garantiza la asignación del subsidio si los recursos se han agotado, ha habido cambios normativos o existe una orden de autoridad que impida su entrega
Mecánica para realizar la compra:
• Debes ingresar a la página https://comfandivirtual.com.co y selecciona la categoría de Droguerías.
• Identifica los productos participantes en el programa social y agregarlos al carrito de compras.
• El sistema automáticamente te direccionará a la página de autogestión para ingresar a la cuenta o registrarse.
• Primero selecciona donde deseas que llegue el código dinámico de acceso. Dentro de las opciones está: Mensaje de texto al celular, WhatsApp o correo electrónico.
• Ingresa tú número de celular. Luego da clic en iniciar sesión. Si aún no te encuentras registrado dar clic en registrarte aquí, y seguir el proceso.
• Si eliges WhatsApp: Llegará el código para ingresar. Luego abre la cuenta en la tienda virtual para seguir comprando.
• Al ingresar el código el sistema te regresa automáticamente a la tienda virtual y te dejará ubicado en el carrito de compras o en tu cuenta para revisar datos y continuar comprando. Una vez llegues a este paso puedes finalizar el pedido.
• Una vez tengas todos los productos que deseas comprar debes dar clic en la opción realizar pago.
• En tu celular ubica el icono de APP Mi Comfandi. Visualiza la clave Comfandi, la cual debes digitar en el momento de pagar, selecciona el medio de pago y se finaliza la compra.
• Si no deseas usar el beneficio del subsidio, debes dar clic en el botón “Continuar sin beneficio”, selecciona el medio de pago y se finaliza la compra.
Mecánica para usuario registrado:
• Debes ingresar a la categoría de Droguerías.
• Identifica los productos participantes en el programa social y agrégalos al carrito de compras.
• Una vez tengas en el carrito todos los productos que seas comprar, debes dar clic en realizar pago.
• En el celular busca el icono de APP Mi Comfandi. Ahí visualiza la clave Comfandi, la cual debes digitar en el momento de pagar, selecciona el medio de pago y finaliza la compra.
• Si no desea usar el subsidio, debes dar clic en el botón “Continuar sin beneficio”, selecciona el medio de pago y finaliza la compra.
Condiciones del programa social:
• El beneficio del 20% de subsidio no aplica en ningún caso y sin excepción alguna para entrega del beneficio a un tercero.
• El beneficio del 20% de subsidio no se puede transferir a otra persona, ni canjear por otros productos y/o servicios de la Caja, tampoco será redimible en dinero.
• El subsidio del 20% cuenta con tope máximo de DOSCIENTOS MIL PESOS ($200.000) dentro del mismo mes, una vez se hayan otorgado el tope máximo la persona no tendrá derecho a la percepción del subsidio nuevamente el mismo mes.
• El subsidio no es acumulable para el siguiente mes.
• El valor de los productos aplica antes de IVA.
• Este subsidio es válido para las compras que realice el afiliado categoría A y B en las Droguerías Comfandi, en los meses de noviembre y/o diciembre de 2025.
• Este programa social NO aplica para venta presencial o número único de domicilios. Es exclusivo para compras por el canal virtual: https://comfandivirtual.com.co
• El beneficio del 20% de subsidio se aplicará directamente al monto total de la compra en el momento del pago.
Otras condiciones y restricciones:
• Las categorías para los servicios están definidas por los ingresos del(a) trabajador(a) afiliado(a) así: *Categoría A: Hasta 2 SMMLV, * Categoría B: Hasta 4 SMMLV, * Categoría C: Más de 4 SMMLV. *Salarios mínimos mensuales legales vigentes.
• Si la empresa afiliada a la cual pertenece el(la) trabajador(a) afiliado(a) presenta mora en el pago mensual de los aportes a la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca – Comfandi, el afiliado no tendrá acceso a este subsidio.
• Este subsidio no es acumulable con otras promociones ni descuentos, este es un cupón de pago.
• Podrán participar en este programa social los afiliados pensionados cuyo aporte sea igual al 2% sobre su mesada pensional y cuya remuneración fija o variable, no sobrepase los cuatro (4) SMMLV.
• Podrán participar en este programa social los afiliados independientes cuyo aporte sea igual al 2% sobre sus ingresos, y cuya remuneración mensual fija o variable, no sobrepase los cuatro (4) SMMLV, siendo la base de ingresos para aportar al sistema de Cajas de Compensación la misma base de aporte que exista para el sistema de salud, y en todo caso no inferior a la que se utilice dentro del sistema de pensiones.
