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Subsidios otorgados 2025
8.247
Subsidios otorgados
$37.494.038.100
Recursos asignados
¿Qué debes hacer para postularte al Subsidio de desempleo?
¿Sabías que puedes acceder al Subsidio de Desempleo?
Accede a oportunidades de empleo, formación y acompañamiento desde un solo lugar
Documentos requeridos para postularse al subsidio de desempleo

Trabajador dependiente
- 📑 Certificación laboral de tu última empresa, que contenga fecha de retiro, último salario básico y causa del retiro. Estos datos deben coincidir con el último aporte que realizó la empresa al sistema de seguridad social. Para conocer el modelo de carta puedes dar clic Aquí
- 🪪 Copia legible por ambas caras del documento de identificación del postulante (los documentos PEP, PPT, CE no debe tener fecha de vencimiento inferior a 6 meses).
Trabajador independiente
- 📝 Declaración juramentada para trabajadores independientes, la cual puedes descargar modelo dando clic Aquí.
- 🪪 Copia legible por ambas caras del documento de identificación del postulante (los documentos PEP, PPT, CE no debe tener fecha de vencimiento inferior a 6 meses).
Beneficios que otorga el Subsidio de desempleo
Cotizantes categoría A y B
Orientación y acompañamiento en la búsqueda de empleo y capacitación a través de herramientas tecnológicas, de forma virtual y presencial.
Cotizantes categoría C
Orientación y acompañamiento en la búsqueda de empleo y capacitación a través de herramientas tecnológicas, de forma virtual y presencial.
Por eso en la siguiente sección encontrarás una serie de preguntas frecuentes sobre nuestros procesos.
Requisitos para postularte
Para la postulación al Subsidio de Desempleo, debes tener en cuenta que, una vez la solicitud se encuentre radicada, se validará el cumplimiento de requisitos y de ser aceptada, ingresarás en lista de espera para asignación de recursos, ya que éstos no pueden darse más allá de la capacidad del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante – FOSFEC.
Los trabajadores formales que cumplan con los siguientes requisitos pueden acceder al Subsidio de Desempleo:
- Si eres dependiente, debes estar desempleado, si eres independiente que hayas cotizado aportes del 2%, no debes tener ningún tipo de ingresos. En ambos casos, no debes recibir pensión o renta mensual.
- Diligenciar el formulario virtual de postulación al Subsidio de Desempleo.
- Debes haber estado afiliado a Comfandi, como tu última Caja de Compensación Familiar, en tu último trabajo o como independiente. En ambos casos, haber sido afiliado categoría A y B para acceder a beneficio económico.
- Demostrar que tu último empleador realizó los pagos de aportes a Comfandi y tramitó la afiliación conforme al vínculo laboral que existió.
- Si fuiste trabajador dependiente, debes demostrar que cotizaste a cualquier caja de compensación familiar 12 meses continuos o discontinuos en los últimos 3 años a la fecha de la solicitud.
- Si fuiste trabajador independiente que hayas cotizado aportes del 2%, a cualquier caja de compensación familiar durante 24 meses continuos o discontinuos en los últimos 3 años a la fecha de la solicitud.
- No haber recibido el beneficio del subsidio (Ley 1636/2013) y Subsidio Emergencia dentro del Marco de la Emergencia Sanitaria para el Cesante, durante los últimos tres años.
- No debes estar recibiendo pensión de vejez, invalidez o sobreviviente.
- No haber recibido devolución de saldos o indemnización sustitutiva de la pensión de vejez.
- No debes estar postulado en otra Caja de Compensación Familiar para poder recibir el Beneficio al Desempleado.
- Debes estar inscrito con hoja de vida completamente diligenciada en la Agencia de Empleo Comfandi a través de la siguiente ruta: https//personas.serviciodeempleo.gov.co, si ya se encuentra inscrito(a), debe haber actualizado la hoja de vida en un periodo no mayor de 180 días calendario, desde la fecha del diligenciamiento del formulario de postulación al subsidio para evitar devolver la solicitud.
- Encontrarte desempleado retirado del sistema de Caja de Compensación Familiar.
- No estar afiliado como cotizante dependiente o independiente en salud y pensión (solo es válida la afiliación como beneficiario, cotizante por medio del régimen subsidiado o cotizante en periodo de protección).
- Estar inscrito en el programa de capacitación establecido por la Agencia de Empleo Comfandi.
- Si tienes dificultades o inquietudes con tu postulación, te podemos orientar a través de nuestros canales de atención, en el horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 6:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- Contac center: 485 9999 - opción 4 y opción 7
- Línea gratuita nacional: 01 8000 968410 - opción 4 y opción 7
Categoría tarifaria
Con la promulgación del Decreto 2642 de 2022, a partir del 30 de diciembre de 2022 la categoría tarifaria para los servicios sociales de las Cajas de Compensación Familiar, cambia de nivel salarial a UVT:
- Categoría A: Hasta 52,63 UVT.
- Categoría B: Más de 52,63 UVT y hasta 105,25 UVT.
- Categoría C: Más de 105,25 UVT.
- Categoría D: Particulares. Categoría de no afiliado a la Caja.
Por lo anterior, el beneficio de la transferencia económica de 1.5 SMMLV que se debe entregar en cuatro mensualidades decrecientes a quien cumpla los requisitos contemplados en la ley 1636 de 2013 modificada por la ley 2225 de 2022 y para lo que respecta a la categoría tarifaria, quienes hayan perdido el empleo antes del 30 de diciembre de 2022 se les validará la categoría por el SMMLV del año que perdieron el empleo y quienes hayan perdido el empleo a partir del 30 de diciembre del 2022 se les validará la categoría conforme al UVT.
| AÑO | VALOR UVT | UVT -A | UVT CAT-B | VALOR A CONFIGURAR EN TABLA | CAT-A DESDE | CAT-A HASTA | CAT-B DESDE | CAT-B HASTA | CAT-C DESDE |
| 2022 (A partir del dia 30) | 38.004 | 52,63 | 105,25 | 2.000.151 | 33.333 | 2.000.151 | 2.000.152 | 3.999.921 | 3.999.922 |
| 2023 | 42.412 | 52,63 | 105,25 | 2.232.144 | 38.667 | 2.232.144 | 2.232.145 | 4.463.863 | 4.463.864 |
A partir del 1 de enero del 2024, el cálculo para establecer la definición del beneficio de transferencia económica volverá aplicarse según lo establecido en artículo 2.2.7.4.1.1. del Decreto 1072 del 2015, por lo tanto, quienes hayan perdido el empleo a partir del 01 de enero de 2024 en adelante se les validará la categoría por el SMMLV con el año en que perdieron el empleo.
AÑO | SMLMV | Categoría A Desde | Categoría A Hasta | Categoría B Desde | Categoría B Hasta | Categoría C Desde |
2024 | 1.300.000 | 43.333 | 2.600.000 | 2.600.001 | 5.200.000 | 5.200.001 |
2025 | 1.423.500 | 47.450 | 2.847.000 | 2.847.001 | 5.694.000 | 5.694.001 |
2026 | 1.750.905 | 58.363 | 3.501.810 | 3.501.811 | 7.003.620 | 7.003.621 |
¿Cómo postularte para obtener el Beneficio Económico para desempleados cotizantes categoría A y B?
Ingresa a nuestro portal web link sucursalcomfandi.com el cual se encuentra disponible 24 horas 7 días a la semana, diligencia el formulario de solicitud de acceso al subsidio de desempleo de manera virtual y sigue los pasos que a continuación se enuncian:
- Inscribirte al Servicio Público de Empleo con hoja de vida completamente diligenciada en la Agencia de Empleo Comfandi, haciendo Clic Aquí
- Agendar cita con psicóloga para realizar ruta de empleabilidad con la Agencia de Empleo Comfandi a través de la siguiente ruta: sucursalcomfandi.com/ ingrese su usuario y contraseña y clic en la opción "Agendar Cita".
- Realizar la inscripción en el programa de capacitación establecido por la Agencia de Empleo Comfandi.
- Cumplir con todos los requisitos de Ley, entre ellos, haber estado afiliado a Comfandi, como tu última Caja de Compensación Familiar, podrás diligenciar el formulario y postularte a los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante, Clic aquí.
- Una vez diligenciado el formulario en su totalidad encontrarás un botón denominado cargue de documentos donde deberás anexar el siguiente documento en formato PDF:
- Dependientes: Certificación laboral expedida por tu último empleador, la cual debe contener (Causa de terminación de contrato, fecha de retiro y último salario devengado por el cual realizó el aporte a seguridad social la empresa), para conocer el modelo de carta puedes dar clic Aquí
- Independientes: Declaración juramentada para trabajadores independientes, la cual puedes descargar modelo dando clic Aquí.
- Copia legible por ambas caras del documento de identificación del postulante (los documentos PEP, PPT, CE no debe tener fecha de vencimiento inferior a 6 meses).
- No se recibirá documentación física.
- Para la postulación al Subsidio de Desempleo, debe tener en cuenta que una vez la solicitud se encuentre radicada, se validará el cumplimiento de requisitos y de ser aceptada ingresará en lista de espera para asignación de recursos, ya que éstos no pueden darse más allá de la capacidad del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante – FOSFEC.
- Una vez tu solicitud ingrese al sistema, en Comfandi procederemos con la revisión y validación; el resultado de este proceso y los pasos a seguir te los comunicaremos por medio de correo electrónico o a través de nuestra Plataforma Digital de Subsidio de Desempleo.
Canal autorizado para el pago de la transferencia económica
Comfandi realizará el pago de la transferencia económica exclusivamente a los beneficiarios de categorías A y B a través del sistema Daviplata. Por lo tanto, es indispensable que estos beneficiarios se registren en el aplicativo correspondiente para recibir el pago.
Para conocer el proceso de registro dar clic aquí
Es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
1. El Daviplata debe estar registrado a nombre del cesante.
2. El número del Daviplata debe coincidir con el número de teléfono relacionado en el formulario de postulación.
3. Debe tener activo el Daviplata al momento de su postulación al subsidio de desempleo.
4. Debe dar uso a la transferencia económica. Los Cesantes a quienes se les haya asignado y girado los beneficios del mecanismo de protección al cesante, y que la transferencia económica no sea cobrada en el término de cuatro (4) meses, será reintegrada al FOSFEC.
Nota: Si el cesante no hace el registro del Daviplata a su nombre, la Caja no podrá realizar el pago y las liquidaciones de la transferencia económica estará sujeta al registro.
Pasos a seguir para corregir los motivos de devolución o rechazo que presentaste en la postulación
¿Cuándo se pierden los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante?
- Cuando al trabajador cesante se le reconozca pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
- Cuando se ha recibido anteriormente una devolución de saldos o indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, por lo cual no debiste postularte y deberás reintegrar al FOSFEC los recursos recibidos.
- Cuando los trabajadores cesantes que, luego de terminar una relación laboral, mantengan otra(s) vigente(s) u obtengan una fuente formal directa de ingresos o realicen una actividad formal remunerada.
- Cuando haya(n) percibido beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, durante seis (6) meses continuos o discontinuos en los últimos tres (3) años.
- Cuando incumplen, sin causa justificada, con los trámites exigidos por el Servicio Público de Empleo y los requisitos para participar en el proceso de selección de los empleadores a los que sea remitido por la Agencia de Empleo de Comfandi.
- Cuando rechacen sin causa justificada, la ocupación que ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior, las que deben ser circunstancias de mérito y que estén relacionadas con el domicilio del trabajo y la relación de la nueva labor con el perfil ocupacional, se debe justificar y ser validado por la Caja de Compensación Familiar.
- Cuando descartan o no culminan el proceso de formación para adecuar sus competencias básicas y laborales específicas, al cual se hayan inscrito, excepto en casos de fuerza mayor que reglamentará el Gobierno Nacional.
- Cuando se postulen a más de una Caja de Compensación Familiar para acceder a los beneficios, por lo que deben manifestar dentro del formulario de postulación bajo la gravedad de juramento que no se han postulado a otra Caja de Compensación Familiar.
- Cuando existan engaños, simulación o fraude para acceder a los beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante.
- (FOSFEC), previa comprobación de tal situación a través de sentencia judicial proferida por la autoridad competente. La Caja de Compensación Familiar que tenga conocimiento de tal hecho compulsará copias a la autoridad competente para que adelante la respectiva investigación.
- Cuando los trabajadores cesantes a quienes se les haya asignado y girado estos beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), y que la transferencia económica no sea cobrada en el término de cuatro (4) meses, será reintegrada al FOSFEC.
- Encontrarse con pago de aportes a EPS y fondo de pensión como independiente o dependiente sin novedad de retiro con diferente cotizante al tipo 52.
- Renunciar voluntariamente a los beneficios.
Conozca el proceso de recobro de subsidio de desempleo
Comfandi como administradora de los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), está en la obligación legal de garantizar que los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante, solo sean recibidos por aquellas personas que cumplen los requisitos legales establecidos para ello.
Debido a esto, cuando se identifica que una persona que ha recibido los beneficios contemplados en la Ley 1636 de 2013 reformado por Ley 2225 de 2022, Decreto 488 de 2020 o Decreto 770 de 2020, no cumplía los requisitos legales para haberlos recibido, Comfandi debe realizar un proceso de recobro para poder reintegrar esos recursos al FOSFEC.
¿En qué consiste el proceso de recobro del subsidio de desempleo?
Una vez Comfandi identifica que una persona recibió los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante sin tener derecho, se inician todas las acciones necesarias para que la persona reintegre los recursos recibidos más los correspondientes intereses corrientes, sumado a las acciones penales a que haya lugar; para lo cual, la Caja realiza un proceso de contacto con la persona para invitarla a llegar a un acuerdo de pago.
Es importante tener en cuenta que una persona que recibió los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante sin tener derecho, está en la obligación legal de reintegrar dichos recursos, ya que estaría incurriendo en un enriquecimiento sin justa causa.
¿Cuándo se realiza un proceso de recobro del subsidio de desempleo?
• Cuando la Caja hace una revalidación de una postulación y evidencia que la persona recibió los beneficios sin cumplir con todos los requisitos legales establecidos para ello. Legalmente, la Caja tiene la obligación de hacer la revalidación de requisitos cada vez que va a hacer un pago de los beneficios.
• Cuando se identifica que la persona que recibió lo beneficios, luego de terminar una relación laboral, de prestación de servicios u otra actividad económica como independientes, contaba con una fuente directa adicional de ingresos, estaba devengando una pensión de jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia o ha recibido anteriormente una devolución de saldos o indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, por lo cual no debiste postularte.
• Cuando se identifica que la persona que recibió lo beneficios, ya había percibidos beneficios contemplados en el artículo 12 de la Ley 1636 de 2013, Decretos Legislativos 488 y 770 de 2020 de forma continua o discontinua por seis (6) meses en un periodo de tres (3) años.
• Cuando se identifica que la persona que recibió lo beneficios, siendo cotizante de categorías "a" y "b" del Sistema de Subsidio Familiar y habiendo quedado cesante, ya había recibido la transferencia económica de que trata el artículo 3º de la Ley 1636 de 2013, modificado por el artículo 2º de la Ley 2225 de 2022, durante cuatro (4) meses de forma continua o discontinua durante el mismo periodo de tres (3) años.
• Cuando se identifica que la persona que recibió lo beneficios los haya obtenido mediante simulación o engaño, previa comprobación de tal situación a través de sentencia judicial proferida por la autoridad competente.
Por lo anterior, es importante tener en cuenta que la persona que se postula al Mecanismo de Protección al Cesante está en la obligación legal de reportar a Comfandi de forma inmediata, cualquier hecho que cambie la información consignada en el formulario de postulación o las condiciones que tenía el momento de la postulación.
DATOS IMPORTANTE PARA TENER EN CUENTA
1. La cuenta bancaria autorizada para realizar el reintegro de los recursos en virtud del proceso de recobro será la que le indique Comfandi.
2. Una vez realizado el pago, debe remitir copia legible del mismo por medio de una PQRS en la página de Comfandi. Dicha copia debe contener nombre, número de identificación, valor y fecha de pago, para realizar la solicitud dar clic aquí.
3. Solicite su paz y salvo a través de una solicitud de PQRS dando clic aquí.
¿Qué pasa si obtienes el beneficio mediante engaños, simulación o fraude?
Quienes reciban los beneficios con cargo al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) perderán el beneficio y deberán devolver las sumas de las transferencias económicas consignadas y los aportes hechos al Sistema General de Seguridad Social, más sus intereses, sumado a las acciones penales a que haya lugar.
¿Con qué recursos se paga el Subsidio Desempleo a los cesantes?
La transferencia económica por un valor de 1.5 SMMLV que trata la Ley 2225 de 2022 no se constituye como un recurso garante del mínimo vital y móvil del desempleado, sino como subsidio al cesante, cuyo pago se realizará de acuerdo con la forma establecida en la Ley.
La transferencia monetaria se pagará exclusivamente con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, y la Nación no será garante en el pago de este subsidio.
Debe tener en cuenta que, una vez la solicitud de postulación al Subsidio de Desempleo se encuentre radicada, se validará el cumplimiento de requisitos y de ser aceptada ingresará en lista de espera para asignación de recursos, ya que éstos no pueden darse más allá de la capacidad del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante – FOSFEC.
Se asignarán los recursos a cada postulante cuando exista partida presupuestal disponible y se adjudicarán de acuerdo con la fecha de radicación de la solicitud, para lo cual te notificaremos a través de tu correo electrónico para informar el estado de tu trámite.
Agradecemos tu paciencia y comprensión
Documentos de ayuda
Carta ejemplo de terminación contrato para dependientes. Ver documento aquí
Declaración juramentada cesante laboral para independientes. Ver documento aquí
Instructivo para Modificación de registro desde plataforma digital FOSFEC Comfandi. Ver documento aquí
Instructivo para Modificación de registro desde APP Comfandi. Ver documento aquí
Recomendaciones para no incurrir en una causal de pérdida del Subsidio de Desempleo. Ver documento aquí
Guía módulo de novedades de subsidio de desempleo. Ver documento aquí
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes Subsidio Desempleo. Ver documento aquí
Normatividad Vigente
- Ley 1636 del 18 de junio de 2013. Ver documento aquí
- Ley 2225 del 30 de junio de 2022. Ver documento aquí
- Decreto 2852 del 06 de diciembre de 2013. Ver documento aquí
- Decreto 1493 del 03 de agosto de 2022. Ver documento aquí
Canales de atención
Te brindamos orientación sobre tu postulación a este beneficio, a través de nuestros canales de atención, en el horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 6:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 m.
Contact center: 602 485 9999 opción 4 y opción 7 en Cali
Línea gratuita nacional: 018000968410 opción 4 y opción 7
Para postularse o reportar alguna novedad de la postulación al Subsidio de Desempleo, ingresa haciendo clic aquí
Para felicitaciones, opiniones o reclamos, puedes acceder haciendo clic aquí
Reporte de novedades durante la vigencia del subsidio de desempleo: En caso de que requieras realizar el reporte de alguna novedad sobre cambio de EPS, cambio de fondo de pensión o renuncia voluntaria al subsidio de desempleo, debes realizar el trámite directamente dando clic aquí, ingresar a tu cuenta y luego ir a la opción "Gestionar novedades".
