Beneficio económico de emergencia al cesante

A continuación te contamos cuáles son los beneficios que obtienes:
- Aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre un salario mínimo, durante un periodo de tres meses.
- Acceso a la cuota monetaria del Subsidio Familiar, en el evento que la recibieras en el último empleo, este beneficio se te pagará durante un periodo de tres meses.
- Orientación y acompañamiento en la búsqueda de empleo y capacitación a través de herramientas tecnológicas y de forma virtual.
- Transferencia económica por emergencia para cubrir gastos de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario por un valor de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalente a $1.755.606, ese valor se dividirá y se pagará en 3 mensualidades, por partes iguales, es decir, que el valor de cada mensualidad que recibirías como beneficiario sería de $585.202.
- Si eres dependiente, debes estar desempleado, si eres independiente, no debes tener ningún tipo de ingresos. En ambos casos, no debes recibir pensión o renta mensual.
- Debes haber estado afiliado a Comfandi, como tu última Caja de Compensación Familiar, en tu último trabajo o como independiente. En ambos casos, tus ingresos no deben superar los 4 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($3.511.212), es decir, haber sido afiliado categoría A o B.
- Debes haber estado afiliado a una Caja de Compensación Familiar por un año de manera continua, o discontinua dentro de los últimos cinco años.
- Es obligatorio que no hayas recibido el beneficio de seguro de desempleo (Ley 1636 de 2013), durante los últimos tres años.
- No debes estar recibiendo pensión de vejez, invalidez o sobreviviente.
- No debes estar postulado en otra Caja de Compensación Familiar para poder recibir el Beneficio Económico de Emergencia al Cesante.
- Debes estar inscrito en el Servicio Público de Empleo, a través de la siguiente ruta: https//personas.serviciodeempleo.gov.co/
- Si tienes dificultades o inquietudes con tu postulación, te podemos orientar a través de nuestros canales de atención, en el horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 6:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- Contac center: 485 9999 - opción 4-4
- Línea gratuita nacional: 01 8000 968410 - opción 2
Puedes gestionar tu postulación de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. En este horario podrás diligenciar el formulario de solicitud de beneficio de manera virtual a través de nuestro portal web; para el efecto, debes seguir los siguientes pasos:
- Inscribirte al Servicio Público de Empleo, haciendo Clic Aquí
- Posterior a ello y de cumplir con los requisitos señalados en la respuesta No. 2 podrás diligenciar el formulario y postularte a los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante por la emergencia del Covid-19, Clic aquí
- Una vez diligenciado el formulario en su totalidad encontrarás un hipervínculo denominado cargue de documentos donde deberás anexar el siguiente documento en formato PDF:
- Dependientes: Certificación expedida por el empleador sobre terminación del contrato de trabajo en caso de trabajadores dependientes en la cual se señale (fecha de retiro, última remuneración, y causa de la terminación).
- Independientes: Certificación juramentada de cese de ingresos expedida por el trabajador independiente.
- Una vez tu solicitud ingrese al sistema, procederemos, en Comfandi con la revisión y validación; el resultado de este proceso y los pasos a seguir te los comunicaremos por medio de correo electrónico o llamada telefónica o a través de nuestra App de subsidio de desempleo.
- Cuando se te reconozca pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
- Cuando obtengas una fuente formal directa de ingresos o realices una actividad formal remunerada.
- Cuando rechaces sin causa justificada, la ocupación que te ofrezca el Servicio Público de Empleo, siempre y cuando ella te permita ganar una remuneración igual o superior al 80% de la última devengada y no se deterioren las condiciones de tu empleo anterior, las que deben ser circunstancias de mérito y que estén relacionadas con el domicilio de tu trabajo y la relación de tu nueva labor con tu perfil ocupacional, lo cual debes justificar y ser validado por la Caja de Compensación Familiar.
- Cuando te postules a más de una Caja de Compensación Familiar para acceder a los beneficios, por lo que debes manifestar dentro del formulario de postulación bajo la gravedad de juramento que no te has postulado a otra Caja de Compensación Familiar.
- Cuando existan engaños, simulación o fraude para acceder a los beneficios.
- Perderás el beneficio, serás sancionado de acuerdo con la legislación civil y penal vigente y tendrás que devolver lo que te fue pagado.
- Declaración juramentada de cesante laboral independiente. Ver documento aquí
- Carta ejemplo de terminación de contrato dependientes. Ver carta tipo aquí
- Decreto Legislativo 488 del 27 de marzo de 2020, del Ministerio del Trabajo. Ver documento aquí:
- Resolución 853 del 30 de marzo de 2020, del Ministerio del Trabajo. Ver documento aquí:
- Decreto Legislativo 770 del 3 de junio de 2020, del Ministerio del Trabajo. Ver documento aquí:
- Resolución 1260 del 8 de julio de 2020, del Ministerio del Trabajo. Ver documento aquí:
Te brindamos orientación sobre tu postulación a este beneficio, a través de nuestros canales de atención, en el horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 6:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- Contact center: 485 9999 opción 4 - 4
- Línea gratuita nacional: 018000968410 opción 2