Conoce a continuación los motivos de bloqueo de tu subsidio monetario
Bloqueo por falta de Documentación
El subsidio familiar monetario no se encuentra disponible debido a que falta actualizar los documentos de uno(s) de tus beneficiarios. Toma nota de los documentos que debes adjuntar junto con tus datos personales:
- Si tu beneficiario tiene entre 0 y 6 años -> adjunta el registro civil
- Si está entre los 7 y 17 años ->adjunta su tarjeta de identidad
- Si tu beneficiario es mayor de 18 años -> adjunta su cédula de ciudadanía.
Puedes adjuntarlo en el portal de autogestion dando Clic aquí.
Conoce el paso a paso de como actualizar documentación aquí
Bloqueo Por Información Escolar
Información sobre el subsidio monetario de tu(s) beneficiario(s)
El subsidio monetario de uno o varios de tus beneficiarios no se encuentra disponible, ya que, al realizar la validación de datos con el Ministerio de Educación Nacional, se evidenció que el certificado escolar no figura en su base de datos.
¿Qué debes hacer?
Debes acercarte a la institución educativa en la que el niño o niña está estudiando y solicitar que actualicen la información ante el Ministerio de Educación.
Una vez la institución confirme que el menor ya aparece en la base de datos del Ministerio, Comfandi restablecerá automáticamente el pago del subsidio monetario.
Importante:
Si el inconveniente persiste, deberás presentar el certificado escolar a través de una PQRS o directamente en las oficinas de los Centros Integrados de Servicios de Comfandi.
Requisitos del certificado escolar:
Para que el certificado sea válido, debe contener:
•Nombre completo del estudiante.
•Tipo y número de documento de identidad.
•Nombre del programa cursado.
•Resolución de autorización del programa, emitida por la entidad competente (según el tipo de institución y nivel educativo).
•Nivel de formación (técnico laboral, técnico profesional, etc.).
•Fecha de inicio y finalización del programa.
•Intensidad horaria total.
•Nombre de la institución educativa.
•NIT y resolución de funcionamiento de la institución.
•Firma del responsable académico o administrativo y sello institucional (puede ser un certificado digital).
Nota:
No es necesario presentar el certificado escolar si no tienes un bloqueo activo o no has recibido una notificación por SMS o correo electrónico solicitándolo.
Bloqueo por Cruce Gias
Te informamos que tu subsidio monetario no se encuentra disponible porque uno(s) de tu(s) beneficiario registra afiliado en otra Caja de Compensación a nivel nacional. En caso que ya se encuentre retirado, por favor adjunta la carta de retiro de la Caja de compensación donde se evidencie fecha de retiro, el documento debe tener una fecha de expedición no mayor a 30 días
Puedes adjuntarlo a través del siguiente Link: https://comfandi.my.site.com/CentrodePQRS/s/formulario-pqrs
Bloqueo por Certificado de Supervivencia
El subsidio no está disponible debido a que debes presentar el certificado de Superviviencia de tu (s) beneficiario (s). Descargalo aquí
y actualizalo a través del portal personas Clic aquí
Horas laboradas menor a 96 horas
Presentas bloqueo en el pago de tu subsidio familiar monetario debido a que no cumples con las horas laborales mínimas mensuales. De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 789 de 2002 "Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv." Si tienes dudas por favor consulta con tu empleador
Salario Superó los 4 SMLMV
Te informamos que presentas bloqueo en el pago de tu subsidio familiar monetario debido a que tu salario superó los 4 SMLV tal y como lo establece la norma en el artículo 3 de la Ley 789 de 2002 "Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv."
Pago realizado al padre/madre del beneficiario
La suma de tu salario con el del padre/madre biológico de uno(s) de tus beneficiarios excede el tope establecido para el pago del subsidio familiar monetario, razón por la cual, el pago se realizará al padre/madre de tu beneficiario.
A continuación te informamos lo establecido en el artículo 3 de la Ley 789 de 2002 "Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv."
La Edad del Beneficiario no hablita el cobro del subsidio monetario
La edad de uno(s) de tus beneficiario(s) no aplica para el pago del subsidio familiar monetario, a continuación te informamos lo establecido en el artículo 3 parágrafo 1 de la Ley 789 de 2002
PARÁGRAFO 1°. Daran derecho al subsidio familiar en dinero las personas a cargo de los trabajadores beneficiarios que a continuacion se enumeran:
- Los hijos que no sobrepasen la edad de 18 años, legitimos, naturales, adoptivos y los hijastros. Después de los 12 años se debera acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
- Los hermanos que no sobrepasen la edad de 18 años, huerfanos de padres, que convivan y dependan economicamente del trabajador y que cumplan con el certificado de escolaridad del numeral 1.
- Los padres del trabajador beneficiario mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. No podrán cobrar simultáneamente este subsidio más de uno de los hijos trabajadores y que dependan economicamente del trabajador.
- Los padres, los hermanos huerfanos de padres y los hijos, que sean invalidos o de capacidad fisica disminuida que les impida trabajar, causaran doble cuota de subsidio familiar, sin limitacion en razón de su edad. El trabajador beneficiario debera demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con el.
Salario Superó los 6 SMLMV
Te informamos que el pago de tu subsidio familiar monetariono se realizó, debido a que tu salario o la suma de tu salario con el de tu conyugue superó los 6 SMLMV tal y como lo establece la norma en el artículo 3 de la Ley 789 de 2002 "Tienen derecho al subsidio familiar en dinero los trabajadores cuya remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios minimos legales mensuales vigentes, smlmv."
